lunes, 28 de junio de 2010

ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO

Antes de terminar el curso y para empezar el siguiente, hay que tener en cuenta que los centros educativos, en particular los de secundaria, se organizan a través de instrucciones de organización y funcionamiento de centro.
Hoy, ante la duda de algunos compañeros, sobre si los horarios del curso que viene tienen o no que ser elaborados con uno u otro procedimiento, me he repasado la documentación de la que dispongo, y las conclusiones a las que he llegado, las recojo como entrada en este blog.

Tal y como indica la orden del 29 de junio de 1994, en los apartados 91 y 92, el Claustro debe aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de horarios, y dirección deberá presentar en reunión del claustro los grupos, áreas y demás para la designación de carga horaria. Después, los departamentos en sesión extraordinaria se reunirán para las asignación de carga horaria por profesor, siguiendo las pautas que nos indica el apartado 92.

Así mismo, el apartado 78 de la orden del 25 de junio de 2007, instrucciones de organización y funcionamiento de centros dice que la elección de grupos y materias se dará teniendo en cuenta los criterios pedagógicos y las normas de organización y funcionamiento del propio centro, y en su defecto se tendrá en cuenta la norma anterior.


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